En relación a los Avisos Automáticos de importación de productos
siderúrgicos, como es del conocimiento de quienes han importado
mercancías sujetas a esta regulación, el documento que emite la
Secretaría de Economía no contiene todos los datos que se proporcionan
al realizar la solicitud, por lo que ello dificulta identificar si la
mercancía de la que se solicita el despacho, coincide con todos los
datos que se declararon al solicitar la clave del Aviso respectivo.
Se recomienda lo siguiente: Solicitar al importador las pantallas
de captura (VUCEM), que se visualizan al momento de tramitar el Aviso
Automático de Importación de productos siderúrgicos, cuando ingresan los
datos relativos al Volumen (cantidad UMT), Descripción, Fracción
Arancelaria, Valor Dólares u otros que nos permitan identificar la
mercancía, lo anterior a efecto de que con estas pantallas se pueda
corroborar la información que se declara en el pedimento.
Finalmente,
reiteramos la importancia de verificar el cumplimiento de esta
regulación, ya que como saben, la misma es considerada como permiso y su
incumplimiento podría configurar el supuesto previsto en el artículo
165 frac. III de la Ley Aduanera vigente.
https://www.ventanillaunica.gob.mx/
http://www.caaarem.mx/
http://www.aduanas.gob.mx/
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